1.- El Intendente de la Región de O´Higgins manifiesta que entre las facultades que le otorga la ley, previo informe de Carabineros de Chile, está el de sugerir cambios en los días y horarios de los partidos del fútbol profesional chileno, pero en ningún caso puede obligar a dichas programaciones.
2.- La ANFP manifiesta que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 3 de la Ley 19.327, debe enviar vía correo electrónico a la totalidad de las Intendencias del país el calendario de los partidos correspondientes a los Torneos Nacionales de Primera División y Primera División B inmediatamente luego de ser elaborados en cada temporada. Junto a lo anterior, la ANFP enviará a las mismas entidades y por la misma vía la programación de cada jornada del fútbol profesional, esto es, día y horario de cada encuentro, inmediatamente luego de ser definidas por la Gerencia de Campeonatos Nacionales de la ANFP.
3.- La Intendencia de la Región de O´Higgins y la ANFP dan por superado a través de este comunicado cualquier mal entendido relacionado al partido entre O´Higgins y Universidad Católica, y se comprometen a trabajar mancomunadamente en los temas referentes al fútbol profesional, atendiendo la repercusión social que tiene esta actividad.
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